Este fondo es un aporte económico solidario, creado con el objetivo de brindar un apoyo económico al asociado por fallecimiento de familiares y así hacer más ligera en un momento como este:
Primer Grado de Afinidad Cónyuge legal o compañera(o) del asociado(a) cuando la convivencia haya sido por más de tres años, esto de conformidad con el artículo 242 del Código de Familia. Dicha declaración debe ser autenticada por un abogado.
Primer Grado de Consanguinidad Los hijo(a)s legalmente reconocidos Padres y Madres del asociado(a)
Segundo grado de consanguinidad Los hermanos(as) del asociado(a)